Integración Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social
La ley 28/2011 de 22 de Septiembre procede a la integración de los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad mediante la creación de un Sistema Especial.
La materialización práctica de esta integración se realiza mediante la creación de dos códigos de Régimen.
0163. R.G Sistema Especial Agrario.CCC
0161.R.G Sistema Especial Agrario. Inactividad.
Se regirá por la normativa vigente en el Régimen General de la Seguridad Social con una serie de particularidades:
Particularidades en la cotización ( Breve Resumen)
-Para el año 2012 la base máxima aplicable será 1800 euros mensuales o 78,26 por jornada con el límite de 1800 euros.
-Se cotiza por contingencia de desempleo, así como fondo de garantía salarial y formación profesional.
-La modalidad de cotización por bases mensuales es obligatoria para los trabajadores indefinidos, sin incluir los fijos-discontinuos, respecto de los cuales tiene carácter opcional.
-Hay que comunicar las jornadas reales cuando la modalidad de cotización sea "Jornadas Reales"
-Durante las situaciones en activo los trabajadores tienen derecho a un reducción:
CD29: Reducciones SEA contingencias comunes
CD30: Reducciones SEA desempleo ( sólo para situaciones en IT, maternidad, paternidad, riesgo embarazo...)
-Las vacaciones no disfrutadas y retribuidas a la finalización del contrato deberá cotizarse mediante una liquidación L13.
-No resultará aplicable el incremento de la cuota empresarial por contingencias comunes para los contratos temporales de duración inferior a 7 días.
-No se permitirá la cotización a tiempo parcial.
-No se admitirán las claves de compensaciones de IT delegado (CD1 y CD3).En este sistema especial las prestaciones son de pago directo.
-Durante los períodos de actividad, el empresario será el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar, debiendo ingresar en su totalidad tanto las aportaciones propias como la de los trabajadores.
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